La rumba en Duitama será de ahora en adelante hasta las 3:00 en punto de la madrugada

miércoles 16 de abril de 2025, 5:30 am

Mediante acto administrativo se reglamentaron los nuevos horarios de atención al público del sector comercial, derogando un decreto del 2021 que había sido promulgado a finales de la pandemia.

Horario Rumba Duitama

La administración municipal reglamentó el horario de atención al público del sector comercial, entre ellos los establecimientos nocturnos, licoreras, bares, café bares, minitiendas, supermercados. Foto: suministrada a Boyacá Sie7e Días.

*Por: Gerson Javier Flórez Valderrama

Por medio del Decreto 249 del 10 de abril del 2025, el Gobierno municipal fijó los horarios de los establecimientos comerciales abiertos al público en Duitama y, a su vez, derogó el acto administrativo número 454 del 29 de octubre del 2021, el cual había tomado medidas para la reactivación económica y se establecían los horarios de funcionamiento del comercio.

Voceros de la administración municipal explicaron que, esta decisión fue tomada por las autoridades y el alcalde encargado, Jaime Rúa Zambrano, con el fin de establecer un rango de horario de funcionamiento de establecimientos abiertos al público y de aquellos que transcienden de lo privado a lo público, con el fin de permitir no solo el desarrollo de la actividad, sino que garantice el respeto de derechos fundamentales de todos los ciudadanos.

Así las cosas, con este reciente acto administrativo se reglamenta el horario de atención al público en los establecimientos nocturnos, puesto que algunos casos se habían presentado alteraciones del orden en horas de la madrugada, lo que generó el llamado de atención de la comunidad para que las autoridades tomaran las medidas correctivas.

Para el secretario de Gobierno del municipio, Danilo Rodríguez, en la ciudad no hay registros de clubes privados y que estos sitios tengan esa atención exclusiva; los establecimientos que actualmente están funcionando tienen como actividad económica la atención al público.

“En la ciudad ningún establecimiento que tenga su actividad económica en la venta de bebidas alcohólicas tiene permiso para expender bebidas después de las 3:00 de la mañana”, enfatizó el secretario de Gobierno.

De este modo quedó establecido que, los restaurantes, pizzerías, comidas rápidas y aquellos que venden comida en general y que no venden bebidas alcohólicas tendrán el horario de atención de domingo a jueves de 6:00 de la mañana a 1:00 de la madrugada del siguiente día.

Y para los días viernes y sábado y antes de los días festivos: de 6:00 de la mañana a 4:00 de la madrugada del siguiente día. Así las cosas, el horario se modificó sustancialmente, puesto que antes estaba desde las 7:00 de la mañana.

El decreto también reglamentó los horarios de atención de las panaderías, tiendas, minitiendas, supermercados, cafeterías, cafetines, heladerías, salones de onces y similares y su horario en el que podrán estar abiertos al público será de lunes a domingo de 6:00 de la mañana a 10:00 de la noche.

Ahora bien, para los establecimientos que tienen como actividad principal la venta de bebidas alcohólicas por ventanilla sin consumo dentro del establecimiento o por fuera de estos, como licoreras y cigarrerías, el horario se estableció para los días domingo a jueves de 8:00 de la mañana a 2:00 de la madrugada del día siguiente, y para los días viernes, sábado y fin de semana con festivo de 8:00 de la mañana a 3:00 de la madrugada del día siguiente.

Asimismo, para los bares, cantinas, café bares, karaokes, galleras, tabernas, gastrobares, discotecas y lugares de baile, la atención será de domingo a jueves de 2:00 de la tarde a 2:00 de la madrugada del siguiente día, es decir que hubo una ampliación, ya que el horario estaba de 2:00 de la tarde a 12:00 de la medianoche.

Y para los días viernes, sábado y fin de semana con festivo, de 2:00 de la tarde hasta las 3:00 de la madrugada del siguiente día, en este caso se mantuvo el horario puesto que no hubo cambios.

Sin embargo, para funcionar con horario extendido se deberá contar con el respectivo permiso expedido por la Secretaría de Gobierno del municipio y esta solicitud se presentará por escrito con una antelación no menor a cinco días hábiles previos a la realización del evento, anexando los documentos establecidos.

La nueva reglamentación de los horarios de atención al público del sector comercial de la ciudad ya comenzó a regir desde el día de la expedición el 10 de abril del presente año.

*Redactor de Boyacá Sie7e Días

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